26 Jun
26Jun

Por: Denis Rocha Gómez, CPA
Especialista en Cumplimiento Tributario
 

Durante años, ciertos contribuyentes morosos lograron evitar la exposición pública de sus deudas gracias a una disposición contenida en el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios (CNPT). Esta norma impedía que la Administración Tributaria los incluyera en el listado de morosos si habían presentado una demanda ante la jurisdicción contencioso-administrativa, incluso si la deuda era firme o estaba en ejecución. 

Este “blindaje legal” generaba un serio obstáculo para la transparencia fiscal, pues bastaba con recurrir a tribunales para mantenerse ocultos del escrutinio público por varios años, considerando la lentitud característica de los procesos judiciales tributarios en Costa Rica.

En junio de 2025, la Sala Constitucional declaró inconstitucional este mecanismo, resolviendo que no existe razón válida para impedir la publicación de estas deudas por el simple hecho de estar en discusión judicial. A partir de esta resolución, Hacienda podrá publicar en su sitio web el nombre de contribuyentes morosos, incluso si estos han iniciado procesos judiciales (Sentencia Número 2025-017051 del 4 de junio 2025). 

La medida busca reforzar la rendición de cuentas y promover una mayor disciplina tributaria. La inclusión en la lista pública puede tener efectos negativos en la reputación empresarial, afectar la participación en licitaciones, el acceso a financiamiento y otras relaciones comerciales. Esto crea un incentivo adicional para el cumplimiento voluntario. 

Sin embargo, esta publicación no sustituye una gestión tributaria eficaz. Las empresas deben enfocar sus esfuerzos en: 

  • Mantener registros contables precisos y actualizados, que respalden el cálculo correcto de impuestos.
  • Establecer controles internos y auditorías externas, que permitan anticiparse a errores y evitar sanciones.
  • Fortalecer la gestión administrativa, documentando adecuadamente todas las operaciones con impacto fiscal.

Más allá del efecto inmediato en la recaudación, este cambio normativo representa una oportunidad para consolidar una cultura de cumplimiento tributario más sólida, proactiva y transparente. 

El fallo marca un antes y un después en la relación entre el contribuyente y la Administración Tributaria. Hoy más que nunca, la prevención y la transparencia son claves para proteger la reputación y la estabilidad financiera de cualquier organización.

https://www.diarioextra.com/noticia/hacienda-podra-hacer-publica-la-lista-de-contribuyentes-morosos/


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